miércoles, 8 de abril de 2009

“TRANSPORTES TURISTICOS NO REGULARES”


Requisitos que deben cumplimentar para su inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas (R.P.A.T), que es derecho y obligación de todo prestador de servicios turísticos, según los Art. 9 y 10 de la Ley Nº 1045.

*Nota solicitando la inscripción en el RPAT, donde conste el domicilio legal y el comercial.

*Habilitación extendida por la Dirección de Transportes.

*Revisión Técnica del Vehiculo.

*Seguro del automotor con cobertura de terceros trasportados.

*D.N.I del propietario del vehiculo.

*Numero de CUIT e Ingresos Brutos.

*Si los propietarios fueran una sociedad, adjuntar copia del contrato social.

Las fotocopias deben estar autenticadas o acompañar con los originales para certificar en la Secretaria de Turismo o en la Dirección de Turismo Municipal.